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Cuando puede cobrar el paro un autónomo

hace 13 minutos

Los autónomos en España pueden acceder a una serie de prestaciones por cese de actividad, que funcionan de manera diferente al paro de los trabajadores por cuenta ajena. En este artículo, exploraremos en detalle cuándo puede cobrar el paro un autónomo, los requisitos necesarios y cómo se calcula esta prestación.

Índice de Contenidos del Artículo

El paro de los autónomos: todo lo que debes saber


La prestación por cese de actividad, comúnmente conocida como el paro de autónomos, es un derecho que tienen los trabajadores autónomos bajo ciertas condiciones. A diferencia del paro tradicional, este sistema se activa ante situaciones específicas de pérdida de ingresos o cierre de la actividad económica.

Para acceder a esta prestación, los autónomos deben cumplir ciertos requisitos de cotización y estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. Además, es importante conocer los supuestos que habilitan a los autónomos a solicitar esta ayuda.

Desde 2010, las condiciones para acceder a la prestación por cese de actividad se han ampliado, y en 2024 se han introducido modificaciones que mejoran la protección de los autónomos en situaciones difíciles.

¿Los autónomos tienen derecho a paro?


Sí, los autónomos pueden acceder a una prestación por cese de actividad, pero no se trata de un paro al uso. Este derecho se manifiesta en el ámbito de la legislación de la Seguridad Social y está destinado a cubrir situaciones de crisis económica o personal.

El cese de actividad puede ser solicitado por autónomos que experimenten pérdidas económicas significativas. Además, los motivos pueden incluir el cierre por fuerza mayor, la pérdida de licencia o situaciones de violencia de género.

Es fundamental que los autónomos entiendan que, para acceder a este beneficio, deben haber cotizado un mínimo durante su actividad. Esto los diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, que tienen un acceso más directo a la prestación por desempleo.

¿Cuándo un autónomo tiene derecho a paro?


Un autónomo tiene derecho a cobrar el paro cuando se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:

  • Pérdidas económicas superiores al 10% en comparación con la media de ingresos de los últimos años.
  • Cierre de la actividad por causa de fuerza mayor.
  • Pérdida de la licencia o autorización necesaria para operar.
  • Situaciones personales como violencia de género que afecten su actividad laboral.

La clave para que un autónomo pueda acceder a la prestación por cese de actividad es que cumpla con los requisitos establecidos por la Seguridad Social y que su situación se enmarque dentro de las causas admitidas para solicitar esta ayuda.

¿Cuánto tiempo tiene que cotizar un autónomo para cobrar el paro?


Para poder acceder al paro de autónomos, es necesario que el trabajador haya cotizado al menos durante 12 meses en los últimos 24 meses previos a la solicitud. Este requisito de cotización es fundamental para garantizar el derecho a la prestación.

Es importante destacar que los autónomos deben haber estado al corriente con sus pagos a la Seguridad Social durante todo este tiempo. De lo contrario, no podrán acceder a la ayuda.

¿Cuánto cobra un autónomo por cese de actividad?


La cuantía de la prestación por cese de actividad se calcula en función de la base de cotización del autónomo. Generalmente, este porcentaje se establece en el 70% de la base de cotización durante los primeros seis meses, y después disminuye al 50% para el resto del tiempo.

Por ejemplo, si un autónomo tiene una base de cotización de 1.500 euros, podría recibir aproximadamente 1.050 euros mensuales durante los primeros seis meses y 750 euros a partir del séptimo mes.

¿Qué autónomos tienen derecho al cese de actividad?


Para tener derecho al cese de actividad, los autónomos deben cumplir con ciertos criterios. En términos generales, los siguientes grupos de autónomos tienen derecho:

  1. Autónomos que hayan cotizado como mínimo 12 meses en la Seguridad Social.
  2. Autónomos que se encuentren en situaciones de pérdida de ingresos superiores al 10%.
  3. Autónomos que tengan causas justificadas para su cese de actividad, como el cierre por fuerza mayor.

Estos criterios son esenciales y deben ser demostrados a través de la documentación correspondiente al solicitar la prestación.

Requisitos para cobrar el paro de los autónomos

Los requisitos para poder cobrar el paro de autónomos son los siguientes:

  • Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
  • Haber cotizado un mínimo de 12 meses en los últimos 24 meses.
  • Demostrar pérdidas económicas o justificar el cese de actividad.

Además, es recomendable que el autónomo mantenga toda la documentación relacionada con su actividad, ya que puede ser solicitada durante el proceso de evaluación de la solicitud.

Preguntas relacionadas sobre el cese de actividad de los autónomos


¿Cuándo un autónomo tiene derecho a paro?

Como se ha mencionado anteriormente, un autónomo tiene derecho a solicitar el paro si se encuentra en una situación de pérdida de ingresos o cese de actividad por causas justas. Estas causas deben estar documentadas y justificadas ante la Seguridad Social.

¿Cuánto tiempo tiene que cotizar un autónomo para cobrar el paro?

Para poder acceder a la prestación, un autónomo necesita haber cotizado un mínimo de 12 meses en los últimos 24 meses. Es fundamental que esta cotización se haya realizado de manera continua y que se cumplan todas las obligaciones fiscales y de pago.

¿Cuánto cobra un autónomo por cese de actividad?

La cantidad que puede cobrar un autónomo por cese de actividad depende de su base de cotización. Generalmente, es un porcentaje de la base, siendo el 70% durante los primeros seis meses y el 50% después. Esta cifra puede variar en función de la situación personal y las aportaciones realizadas.

¿Qué autónomos tienen derecho al cese de actividad?

Los autónomos que pueden acceder al cese de actividad son aquellos que han estado al corriente con sus pagos y que cumplen con los requisitos de cotización mínima. Además, deben demostrar que su cese de actividad se debe a causas justificadas según lo estipulado por la normativa de la Seguridad Social.


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