Cuota autónomos
- Consideraciones Iniciales sobre las cuotas de Autónomos
- Tarifa plana: Cuota autónomos
- Cuota autónomos 2020 tarifa plana.
- ¿Cuáles son los requisitos tarifa plana?
- ¿Cómo podemos solicitar la tarifa plana?
- ¿Cuál es la cuantía de la tarifa para autónomos?
- Régimen autónomos
- ¿Qué impuestos pagan los autónomos?
- ¿Cómo darte de alta autónomos?
- Cuota autónomos Europa
- Asociación de trabajadores Autónomos (ATA)
Consideraciones Iniciales sobre las cuotas de Autónomos
Cuota de autónomos, tarifas, requisitos, cuantías, recargos, modelos, impuestos, retenciones, altas y mucho más sobre los autónomos.
Un trabajador autónomo no es más que aquellas personas o profesionales que realizan una actividad lucrativa; de manera formal, personal y directa, por lo que se le otorgara este título de trabajadores autónomos aquellos que posean la titularidad como propietario o arrendatario; y son estas personas las que tendrán que hacer frente a la denominada cuota de autónomos.
Sin embargo, esto también hace referencia aquellas personas que trabajen desde su domicilio que tiene clientes y emite facturas formales. Esta terminología no se debe confundir con la de un empresario.
Tarifa plana: Cuota autónomos
La nueva tarifa plana que entró en vigencia en enero del 2018 y que comúnmente es denominada como cuota autónomos 50 euros hace que la cuantía a pagar mensualmente sea de 50 euros (lógicamente) para nuevos autónomos.
Al tratarse de una cuota de autónomos reducida está sujeta como no podía ser de otra forma a unos requisitos a cumplir dependiendo de si son menores o mayores de 30 años (veremos estos requisitos más profundamente un poco más adelante) en base a esto ameritaron los requisitos, la cuantía del 2017 y las nuevas novedades previstas en la reforma urgente de la ley de autónomos de seguridad social.
Debes de saber que, con la última reforma, deben pasar al menos 3 años desde la última vez que solicitaste la tarifa plana para volver a solicitarla.
Cuota autónomos 2020 tarifa plana.
La denominada tarifa plana para autónomos es aquella tarifa que pagan los autónomos que busca de alguna manera impulsar el auto empleo; que básicamente consiste en pagar una cuota de autónomos mensual que va dirigido a la seguridad social, esta tarifa se introdujo en el 2013; y hoy en día se reforzó en la nueva reforma de la ley de autónomos que consiste en una nueva tarifa plana de 50 euros.
Es importante conocer que con esta nueva ampliación del primer tramo se busca obtener una bonificación a los nuevos autónomos de los actuales seis meses a 1 año.
Concretamente en Comunidades Autónomas como Andalucía, el tiempo de vigencia de la tarifa plana se extiende a un año; y ahora con motivo de la pandemia del Covid – 19, ese tiempo se ha extendido a 2 años para nuevos autónomos.
¿Cuáles son los requisitos tarifa plana?
Para solicitar la tarifa plana debemos tener en consideración varios aspectos pero sobre todo estos requisitos:
- No haber estado de alta como autónomo en los 3 años anteriores
- No debe ser administrador de una sociedad mercantil
- Es Obligatorio no haber recibido con anterioridad una bonificación de la Seguridad Social como autónomo
- No debe ser autónomo colaborador
¿Cómo podemos solicitar la tarifa plana?
Para solicitar la tarifa plana, puedes hacerlo cuando te des de alta autónomo; lo cual debes solicitarlo en la seguridad social, siempre y cuando cumplas con los requisitos para opta por este beneficio de cuota de autónomos.
¿Cuál es la cuantía de la tarifa para autónomos?
Inicialmente debemos tener en consideración que la cuantía va a variar en los primeros meses de actividad; lo cual se van a establecer tres tramos de reducción sobre la base mínima de cotizaciones autónomo.
Lo cual será de la siguiente manera (cuota a pagar autónomos):
- Primeros 6 meses: De manera mensual los autónomos 50 euros (es la cuota autónomos mínima que jamás volverás a pagar en la vida), lo cual serán justos de la cuota autónomos seguridad social. La misma se ampliará en tramos de 12 meses lo cual entró en vigencia en 2018 exactamente el 01 de enero.
- 7 al 12 meses: lo cual tendrá aproximadamente 50% de reducción durante el segundo semestre lo cual se quedaría en el 2020 de básicamente en cuota autónomos tarifa plana de 137.97 €. (por lo dicho la cuota autónomos primer año quedará en 50€ por 6 meses y el resto de meses a 137.97)
- 13 al 18 meses: será aproximadamente 30 % de reducción en el trascurso del siguiente trimestre, que serían básicamente 197.79 €.
Cuota autónomos societarios 2020:
La nueva Ley de autónomos posee un beneficio a quienes contraten nuevos empleados. Por lo que se incluyeron nuevas modificaciones relativamente importante en la tarifa plana a tener en consideración.
¿Quisieras conocer las modificaciones de la Ley de Autónomos en cuanto a la tarifa plana?
Vamos a conocerlas…
- Autónomos que contratan personal: Anteriormente esto era motivo para ser excluido de la tarifa plana, por lo que, en la modificación, deja de ser motivo de exclusión.
- Redondeo de la cuantía en los primeros seis meses: se fija en una tarifa plana autónomo 50 euros
- Personas con discapacidad, víctimas de terrorismo, y de violencia de género: Se amplifico los meses en los que pueden disfrutar de la bonificación de 50 euros. Lo cual se amplía a 12 meses.
- Autónomos societarios: la ley de autónomos en la actualidad no incluyo la medida de que los autónomos que formen una sociedad puedan disfrutar en el 80 % de esta bonificación.
- Estas harán lo que vendría siendo las condiciones tarifa plana autónomos, que fueron sin duda alguna mejoradas en gran medida con esta reforma en la nueva ley.
Es importante conocer que la base reguladora autónomos está basada en función a los años cotizados y en muchos casos la prolongación de la vida laboral. Debemos tener en consideración que podemos acceder a esta información para estar al tanto de las tarifas planas y el cálculo cuota autónomos.
¿En qué consistía la eliminación de recargos por retrasos en la Cuota de autónomos?
Era la penalización por demora que básicamente consistía en una multa; Consistente en el recargo del 20 % de la deuda, por lo que se consideraba que el retraso que se penalizaba duramente.
Nueva modalidad de recargo por retraso
Con la reforma urgente de la Ley de Trabajadores Autónomos la penalización por retraso se redujo considerablemente al 10%, es decir, la mitad de lo que se recargaba anteriormente.
Es importante saber que los retrasos en los pagos a la Seguridad Social acarreará la perdida de las diferentes bonificaciones que brindan; Así que tenga en cuenta que si se retrasa un mes no podrá disfrutar de la tarifa plana.
Régimen autónomos
Cuando hablamos de régimen autónomos, básicamente nos referimos al RETA o Régimen Especial de Trabajadores Autónomos; que será aplicable en aquellas personas físicas que sean mayores a 18 años, que realicen de manera directa, formal alguna actividad lucrativa, teniendo o no empleados a su cargo.
Sin embargo, existen regímenes especiales o sistema especial para algunas actividades económicas como lo son principalmente para trabajadores autónomos agrarios entre algunos otros, lo cual lo hace diferente a la forma habitual.
A razón de este régimen de autónomos los mismos no pueden estar sujetos a ningún contrato. Por lo cual deberá poseer titularidad del negocio. Como lo explicamos algunos párrafos atrás.
Anteriormente les explique que es el IRPF, ahora quisiera explicarles para que nos sirve el modelo 130.
¿Qué impuestos pagan los autónomos?
Básicamente los impuestos para autónomos vendrían siendo el IRPF y de igual manera el IVA. Lo cual el IVA se declarara con el Modelo 303 y el IRPF con el modelo 130. Con esto cumpliremos con el régimen fiscal autónomos.
Modelo 130
Este modelo todos los autónomos deben presentarlo ante la agencia tributaria para de alguna manera liquidar el pago de IRPF autónomos de manera fraccionada para así realizar el pago de impuestos agencia tributaria, este modelo es una de las obligaciones de los autónomos en lo que a actividades lucrativas por cuenta propia se refiere.
¿Para qué nos sirve el modelo 130?
A través de este modelo los autónomos declaran los beneficios obtenidos por las actividades económicas y lucrativas, y así pagar los impuestos para autónomos que serán diferentes en gran medida a los impuestos de sociedades, por lo cual harán de manera puntual la declaración de impuestos.
Modelo 131
Este modelo deben presentarlo los profesionales, socios y autónomos donde deben declarar el beneficio de su actividad económica. Por lo cual los contribuyentes están obligados a pagar en 4 fracciones de manera trimestral a cuenta de lo que será la futura cuenta de declaración renta anual.
¿Cuándo hay que presentar el modelo 131?
Como lo mencione anteriormente este se divide en cuatro trimestres, que se efectuarán en los siguientes plazos:
- I Trimestre: 1 al 20 de abril, ambos.
- II Trimestre: 1 al 20 de Julio, ambos.
- III Trimestre: 1 al 20 de octubre, ambos.
- IV Trimestre: 1 al 30 de enero.
Si por casualidad alguno de estos días cae fin de semana o feriado, se pasa al día siguiente que sea hábil.
¿Cada cuánto se paga el IRPF?
El IRPF se paga de manera trimestral, al finalizar el año se realiza un balance de lo que debería realmente haber pagado un autónomo contra lo que realmente pago. Esto se realiza con la finalidad de saber si el autónomo debe pagar un excedente o si el autónomo pago de más.
¿Tipos de IVA?
Es importante saber antes de conocer los tipos de IVA, como ya lo había mencionado anteriormente sobre cuando se paga el IVA; Realmente este pago lo realiza el consumidor en cada compra.
Ahora si podemos conocer los tipos de IVA, que son básicamente 3.
- Tipo Superreducido 4 %: Es aquel que se aplica artículos que se denominan de primera necesidad, como alimentos de la cesta básica.
- Iva con Tipo Reducido 10 %: Son aquellos que se aplica en artículos agrícolas, alimenticios y de bienes de uso.
- Tipo general 21 %: Es aquel que se aplica a todos lo que no entran en las dos categorías que mencione anteriormente y que no estén exentos de IVA.
¿Cómo darte de alta autónomos?
Para darse de alta autónomo debes seguir una serie de pasos para hacer los diferentes trámites para darse de alta como autónomo, las cuales les daré a continuación:
- Darte de alta autónomos hacienda: Antes de empezar a trabajar por tu cuenta debes primeramente darte alta hacienda presentando la forma o modelo 036. Al tramitarla, también te estarías dando de alta del IAE autónomo, aunque con la mayor seguridad estarías exento de pagar estos impuestos.
- Darte de alta Seguridad Social autónomos: Después que estés dado de alta en la hacienda posteriormente tendrás 30 días para llevar alguna de las administraciones de la Seguridad Social alta autónomo el modelo TA0521, con esto te darás te alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Es importante que sepas que al presentar el modelo deberás consignar también de los siguientes:
- Requisitos para el alta RETA: DNI, pasaporte o en su defecto tarjeta de extranjero, Tarjeta de Seguridad Social, Permiso de trabajo (el mismo aplica para trabajadores que posean nacionalidad extranjera), Copia del alta de hacienda y al momento del alta deberás primeramente definir tu base de cotización y a su vez las coberturas por las que estas cotizando.
- Darte de alta en el ayuntamiento para la licencia de apertura: Si tus planes son abrir un negocio para así realizar tu actividad lucrativa, primero debes tramitar la licencia de obras en el ayuntamiento. Para esto, el costo dependerá de varias cosas como, por ejemplo: Relevancia comercial en la calle, tamaño del local y tipo de actividad.
- Darte de alta en organismos de trabajo: Esto tiene relevancia si tienes una plantilla de trabajadores a tu cargo, por lo que sí es así, debes comunicar a quien fuese el organismo encargado de tu comunidad autónoma, notifica la apertura de un centro de trabajo. Sin olvidar que también debes darlos de alta de la Seguridad Social.
Más trámites:
Uno de los tramites obligatorios así no poseas empleados a tu cargo, es tener un libro de visitas que deberá estar a total disposición de los diferentes inspectores del trabajo y Seguridad Social.
Estos son los diferentes trámites que se deben realizar para así darse de alta autónomos. Debes seguir cada uno de los pasos alta autónomo, por lo que se debe consignar los datos y requisitos para darse de alta en autónomos exitosamente.
Como ya lo he venido mencionado hay varios formularios de alta autónomos que deben ser llenados, como lo son el modelo 036 y 037, es importante saber que el modelo 037 es similar al 036 pero más simplificado en cuanto autónomos alta. También es importante conocer que para darse de alta IAE modelo es 840.
Si quieres empezar a trabajar como autónomo, es importante que conozcas desde cuánto vas a pagar o cómo calcular la cuota autónomos a cómo darse de alta para poder empezar a ofrecer tus servicios.
Cuota autónomos Europa
La cuota en los diferentes países europeos es muy dispar y en este ya de por sí extenso artículo no vamos a entrar en muchos detalles pero queríamos dejar unos datos a modos de reflexión para que puedan hacer ustedes mismos una comparativa con la cuota autónomos de España.
De echo solo vamos a comentar el caso particular de nuestra vecina Francia donde los autónomos pagan una cuota de autónomo ajustada a las ventas o servicios que prestan a modo de porcentaje siendo estos de entre un 12 y un 21%.
Estas cuotas son como ocurre en España iguales en todo el territorio, ya que como ocurre en España la cuota de autónomos de Madrid es la misma que en Barcelona o en un pueblo de Huelva.
Asociación de trabajadores Autónomos (ATA)
No queremos terminar este extenso artículo sobre la cuota autónomos sin recordaros que si tenéis alguna duda o trámite específico que hacer respecto al régimen de autónomos en España existe una asociación denominada ATA a la que os podéis dirigir, además de recordaros que tenemos un artículo ya en la web sobre Ayudas para autónomos por si os sirve de utilidad.
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