
Descargar modelo 651 para autoliquidación
hace 4 días

El Modelo 651 es un formulario clave en la gestión tributaria en España, utilizado para la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Su correcta presentación es crucial para cumplir con las obligaciones fiscales relacionadas con la recepción de herencias y donaciones. En este artículo, exploraremos cómo descargar modelo 651, así como otros aspectos relevantes de este proceso.
- ¿Qué es el modelo 651?
- ¿Cómo descargar el modelo 651 en PDF?
- ¿Quién tiene que rellenar el modelo 651?
- ¿Cómo pagar el modelo 651?
- ¿Cuáles son los plazos para la autoliquidación del modelo 651?
- ¿Qué información necesito para completar el modelo 651?
- ¿Dónde puedo descargar el modelo 651 en diferentes comunidades autónomas?
- Preguntas frecuentes sobre la autoliquidación del modelo 651
¿Qué es el modelo 651?
El Modelo 651 es el documento que se emplea en España para autoliquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Este impuesto se aplica a la transmisión de bienes y derechos a título gratuito, ya sea por herencia o donación. La regulación de este modelo está sujeta a la Ley 22/2009 y la Ley 29/1987, las cuales establecen los procedimientos y criterios para su aplicación.
La presentación del modelo es obligatoria y debe realizarse dentro del plazo establecido tras la aceptación de la herencia o donación. Además, es esencial que quienes se vean afectados por este impuesto se informen sobre los beneficios fiscales que pueden aplicar dependiendo de la comunidad autónoma en la que residan.
¿Cómo descargar el modelo 651 en PDF?
Para descargar el modelo 651, los contribuyentes pueden seguir estos pasos sencillos:
- Visitar el sitio web de la Agencia Tributaria o el portal tributario de su comunidad autónoma.
- Buscar la sección de formularios y seleccionar el Modelo 651.
- Hacer clic en el enlace para descargar el documento en formato PDF.
Es importante asegurarse de que la versión del formulario sea la más reciente, ya que el contenido y los requisitos pueden variar con el tiempo. En algunos casos, también se puede encontrar el modelo en oficinas de atención al contribuyente.
¿Quién tiene que rellenar el modelo 651?
El Modelo 651 debe ser rellenado por aquellas personas que reciban una herencia o donación. Esto incluye:
- Herederos en caso de sucesiones.
- Donatarios en caso de donaciones.
- Representantes legales de los herederos o donatarios si estos son menores de edad o incapacitados.
Es fundamental que los obligados a presentar el modelo dispongan de la documentación necesaria, como el NIF/NIE y los justificantes que acrediten el acto de transmisión. No hacerlo puede acarrear sanciones y recargos por parte de la administración tributaria.
¿Cómo pagar el modelo 651?
El pago del Modelo 651 se puede realizar de diferentes maneras. Los contribuyentes tienen las siguientes opciones:
- Pago telemático a través de la página de la Agencia Tributaria utilizando una tarjeta de crédito o mediante domiciliación bancaria.
- Pago presencial en entidades colaboradoras autorizadas que ofrecen el servicio de recaudo.
- En oficinas de la Agencia Tributaria o en cualquier oficina habilitada para la gestión de tributos.
Es importante recordar que el plazo para realizar el pago es el mismo que el de la presentación del modelo, por lo que los contribuyentes deben estar atentos a los plazos establecidos.
¿Cuáles son los plazos para la autoliquidación del modelo 651?
El plazo para la autoliquidación del Modelo 651 es esencial para evitar problemas fiscales. Generalmente, los plazos son los siguientes:
Los contribuyentes deben presentar el modelo dentro de un mes a partir del momento en que se produce el hecho imponible, ya sea la aceptación de una herencia o la firma de una donación. Es recomendable que se realice cuanto antes para evitar recargos y penalizaciones.
En caso de que no se presente dentro del plazo, es posible que se aplique un recargo sobre la cantidad a pagar, lo que podría aumentar la carga fiscal. Por lo tanto, es crucial que los obligados cumplan con esta responsabilidad en el tiempo estipulado.
¿Qué información necesito para completar el modelo 651?
Para completar el Modelo 651, es necesario contar con la siguiente información:
- Datos identificativos del contribuyente, como el NIF/NIE y el nombre completo.
- Información sobre el causante, es decir, la persona de la que se recibe la herencia o donación.
- Descripción de los bienes y derechos que se están transmitiendo.
- Valoración de los bienes, que debe estar acorde con el valor real de mercado.
Toda esta información permitirá calcular correctamente la base imponible y, por ende, el importe del impuesto a liquidar. Es recomendable que se consulte a un profesional si se tienen dudas sobre cómo completar el modelo adecuadamente.
¿Dónde puedo descargar el modelo 651 en diferentes comunidades autónomas?
La descarga del Modelo 651 puede variar según la comunidad autónoma. A continuación se detallan algunos portales donde se puede obtener el modelo en distintas regiones:
- Comunidad Valenciana: Se puede descargar modelo 651 Comunidad Valenciana para residentes desde el sitio web de la Generalitat Valenciana.
- Andalucía: En el portal de la Junta de Andalucía se encuentra el formulario y toda la información relacionada.
- Galicia: El Portal Tributario Gallego ofrece el acceso al modelo correspondiente.
Es fundamental revisar la normativa específica de cada comunidad para asegurar que se están siguiendo los procedimientos correctos, ya que puede haber diferencias en plazos, tasas y beneficios fiscales.
Preguntas frecuentes sobre la autoliquidación del modelo 651
¿Quién tiene que rellenar el modelo 651?
El Modelo 651 debe ser completado por los herederos o donatarios que reciben bienes a título gratuito. Es esencial que aquellos que se vean afectados por este impuesto estén bien informados sobre sus obligaciones fiscales. Si los beneficiarios son menores de edad o incapacitados, sus representantes legales deberán presentar el modelo en su nombre.
¿Cómo pagar el modelo 651?
Para pagar el Modelo 651, los contribuyentes tienen varias opciones, como el pago telemático a través del sitio web de la Agencia Tributaria o en entidades colaboradoras. También pueden optar por realizar el pago de manera presencial en las oficinas de la Agencia. Es importante realizar el pago dentro del plazo establecido para evitar recargos.
¿Dónde puedo pagar el modelo 651 en Andalucía?
En Andalucía, el Modelo 651 se puede pagar en las oficinas de la Junta de Andalucía, así como en cualquier entidad colaboradora autorizada. Además, existen opciones para realizar el pago de manera telemática a través del portal tributario andaluz.
¿Qué es el formulario 651?
El formulario 651 es el documento que se utiliza para la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en España. Este modelo es esencial para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales al recibir herencias o donaciones, y debe ser presentado en un plazo específico tras el hecho imponible.
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